Accidente de trabajo: toda lesión corporal que sufre la persona trabajadora a consecuencia de su actividad laboral o al ir o volver del trabajo. No es accidente de trabajo una dolencia común, aunque los sintomas aparezcan durante su jornada laboral (gripe, resfriado común ...)
Enfermedad profesional: La Enfermedad Profesional viene definida en el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social como “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.