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LEY 32/2010 Prestación por cese de actividad

Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos Consultar BOE archivo completo

PRINCIPALES CRITERIOS PARA LA PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD

  Tipo de cotización %

Procedente de reducción cotización IT Tipo total

 2,2

0,5 1,7

A partir de 2011 el tipo de cotización aplicable para mantener la sostenibilidad financiera de la protección se fijará anualmente, en la correspondiente ley de Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con los estudios actualizados que procedan.

PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD (PCA) 

Objeto de la protección

Cese de la actividad TOTAL en la actividad económica o profesional habitual, definitiva o temporal.

Están protegidos los trabajadores incluidos en el RETA y en el Régimen Especial del Mar.

*Nota: para los trabajadores incluidos en el Régimen Especial Agrario (SETA) en el plazo de un año se desarrollará la correspondiente norma reglamentaria.

 

Requisitos para el nacimiento del derecho de la prestación

 

Situación legal de cese de actividad

 

No se considerarán en situación legal de cese de actividad


Duración de la protección

La duración de la protección estará en función de las cotizaciones de los últimos 36 meses anteriores al cese de actividad de los que, al menos, doce meses deben ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación.

Periodo de cotización (meses)

Periodo de la protección* (meses) (*) entre 60 y 64 años
De doce a diecisiete 2 2
De dieciocho a veintitrés 3 4
De veinticuatro a veintinueve 4 6
De treinta a treinta y cinco 5 8
Treinta y seis o cuarenta y dos 6 10
Cuarenta y tres o cuarenta y siete 8 12
Cuarenta y ocho o más 12 12

*Nota: una vez se extinga la prestación deberá pasar al menos 12 meses para el reconocimiento de una nueva prestación.

 

Cuantía de la prestación

La prestación será incompatible con la realización del trabajo por cuenta propia o ajena, así como con la percepción de prestaciones o pensiones de la Seguridad Social.

 

Régimen financiero y gestión de las prestaciones


Compromiso de promoción de la actividad emprendedora

Todo preceptor de la prestación económica por cese de actividad deberá comprometerse  a desarrollar todas aquellas medidas de formación, innovación, promoción y perfeccionamiento que le permitan reiniciar a la mayor prontitud la anterior u otra actividad económica o profesional.

Pago único de la prestación

A falta de su desarrollo definitivo, se contempla la posibilidad de percibir, parcial o totalmente, el importe de la prestación que pudiera corresponder.

 

IMPORTANTE

Se abre un plazo especial de opción para la cobertura de las contingencias profesionales dentro de los tres meses siguientes a la fecha de entrada en vigor de la presente ley, con efectos desde el primer día del mes siguiente al de dicha opción.

 

 

 


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